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Condenada a cadena perpetua

diciembre 5, 2022

La Cámara Nacional de Casación en lo CR❙M❙N₳L y Correccional confirmó la condena a prisión perpetua para una mujer policía por haberle quitado la vida a un matrimonio, de lo que tenia para el cumpleaños de 15 de su hija para robarle entre 70.000 y 80.000 dólares con los pagaría un viaje a Disney.

El hecho ocurrió en el barrio porteño de Parque Avellaneda, Buenos Aires, Argentina.

El fallo de la Sala I de dicha cámara recayó sobre Sonia Rebeca Soloaga (37), una ex oficial de la Policía, quien fue condenada por el Tribunal Oral en lo CR❙M❙N₳L (TOC) 7 de la Capital Federal a la pena máxima como autora material del doble hecho de Alberto Antonio Chirico (71) y su esposa María Delia Speranza (63).

Los camaristas Jorge Luis Rimondi, Gustavo Bruzzone y Mauro Divito confirmaron la sentencia de primera instancia por el delito de "robo agravado por haber sido cometido con un ₳RM₳ de fuego, en concurso real con el delito de doble H0M❙C❙D❙0 doblemente calificado".

"Y por haber sido cometido para consumar otro delito y lograr su impunidad y por haber abusado de su condición de policía, que se agrava a su vez por haber sido perpetrado con un ₳RM₳ de fuego, en concurso real con falsa denuncia".

En el fallo de 60 páginas, la Cámara dio por "plenamente acreditado que Soloaga necesitaba dinero y le urgía conseguirlo" ya que "según sus propios dichos ese era el último día que tenía para abonar a la empresa ‘Fun Time’ el viaje de quince años de su hija a Disney World".

"Es correcto el razonamiento del tribunal al concluir que la imputada necesitaba ese día contar con una importante suma de dinero para saldar el viaje de su hija y que, paralelamente, sabía que Chirico y Speranza contaban con ahorros en su domicilio".

El juez Rimondi dijo, "Ello permitió sostener el móvil del hecho, circunstancia que no pudo ser rebatida por la defensa en su presentación recursiva",.

El magistrado también se refirió al vínculo entre la acusada y la pareja, quienes "le permitían ingresar al baño y le convidaban con café y mate" mientras trabajaba de consigna en la cuadra de su casa, por lo que "tal relación precedió al evento y fue de relevancia para sospechar de la autoría de Soloaga".

"No solo porque ella tenía conocimiento acerca de la capacidad económica de la pareja sino también por la ausencia de signos de V❙0LENCIA en la intrusión al domicilio y la consecuente necesidad de procurar su impunidad, quitándole la vida a los únicos testigos que podrían identificarla sin inconvenientes".

"Se encontró plenamente acreditado y la defensa no puede rebatir, que Soloaga se ocupó con detenimiento de quedar fuera de todo rastreo satelital en el horario que casualmente le fue quitada la vida a Alberto Chirico y María Delia Speranza."

"Y que, paralelamente, fue captada por las distintas cámaras de seguridad dirigiéndose a la casa de la pareja", afirmó.

Para la Sala I, "la plataforma fáctica reconstruida a partir de las evidencias encontradas en la escena del hecho, los testimonios recabados y las cámaras de seguridad barriales que captaron los movimientos de Soloaga permiten, sin hesitación, ubicarla en el interior del domicilio de la pareja".

"Luego de haber ingresado sin la necesidad de forzar ese encuentro atento al grado de confianza entre las partes".

Y en ese sentido continuó que tras "intimidarlos con el ₳RM₳ de fuego que portaba regularmente, golpearlos con ese armamento en la cabeza posiblemente para que confesaran dónde tenían guardados sus ahorros".

"Amedrentarlos para que no ejercieran ningún acto defensivo que pusiera en peligro su integridad física, a su turno ejecutarlos de un D❙SP₳R0 certero en la cabeza (de atrás hacia adelante), atenuando el sonido de las detonaciones mediante un almohadón".

"Con la finalidad de no ser denunciada y, finalmente, sustraer los ahorros de la pareja que guardaba en distintos lugares de la casa".

Según el fallo, "la acusada no ha sido encontrada culpable en función de sus inconsistencias al momento de explicar qué hizo y que no ese día, sino en virtud de que existió un cúmulo sólido y armónico de indicios unívocos que la encontraron autora penalmente responsable del evento reprochado".

La Casación insistió en que "la policía procuró quedar fuera de toda ubicación satelital en el horario del hecho sin poder explicar qué hizo durante ese período, durante el cual se la vio acercarse a la casa de la pareja y luego alejarse sin estar monitoreada".

"A la pareja le quitaron la vida con un ₳RM₳ del mismo calibre, marca y modelo de la que fue provista a Soloaga por la fuerza de seguridad; la pericia balística arrojó una coincidencia ‘no concluyente’ respecto de esa ₳RM₳ en particular".

"Ese mismo día hizo desaparecer su ₳RM₳ reglamentaria luego de denunciar falsamente su sustracción; se hallaron en sus ropas (…) restos de pólvora e inexplicablemente se encontró (un par de horas después del hecho) en poder de una elevada suma de dinero (similar a la sustraída a la pareja)", concluyó.

El suceso del matrimonio ocurrió entre las 12 y las 14.30 del 11 de junio de 2019, en la casa de la pareja ubicada en la calle Eugenio Garzón 3581, en el barrio de Parque Avellaneda, zona donde la condenada cubría servicio de parada.